14/3/2014
El
Juzgado de Instrucción nº 3 de Madrid ha dictado un auto, notificado el 14 de
marzo a las partes, en el que acuerda inhibirse de las denuncias presentadas
por distintos afectados contra el controvertido prestamista Antonio Arroyo Arroyo a favor de la Audiencia Nacional, por entender
que es este órgano el competente, por el alcance de la trama y el elevado
volumen de afectados.
La
magistrada Isabel Durántez había acumulado en unas mismas
Diligencias Previas todas las acciones que habían sido turnadas a su juzgado
contra Arroyo y sus colaboradores, un total de ocho denuncias de un total de
once víctimas.
Ahora,
a la vista de la grabación del programa de Equipo de
Investigación de La SextaPréstamos envenados, aportado
al Juzgado por los abogados Benito Polo y Carlos Javier Galán, así como de la denuncia interpuesta ante la Fiscalía de
la AN por ADEVIF, ha entendido que procedía la inhibición a favor de
este órgano judicial, al objeto de que se abra, como pedía nuestra asociación,
una investigación global sobre esta red delictiva.
ESTAFA
CONTINUADA
El
auto sostiene que "existen indicios de que los hechos denunciados
por numerosísimos afectados son similares y podrían ser constitutivos de un
delito de estafa continuada cometido por Antonio Arroyo y sus
colaboradores".
Por
ello, "teniendo en cuenta la información suministrada recientemente por
los letrados Benito Polo Sánchez y Carlos Javier Galán Gutiérrez, el contenido
de la grabación por ellos presentada y la copia de la denuncia que se ha
presentado en la Fiscalía de la Audiencia Nacional por parte de la Asociación
de Afectados Víctimas Financieras (ADEVIF), resulta procedente acordar la
inhibición a favor de la Audiencia Nacional".
ENJUICIAMIENTO
CONJUNTO DE TODOS LOS CASOS
La
juez subraya "la necesidad de investigación y enjuiciamiento
conjunto de todas las diversas denuncias presentadas contra Antonio
Arroyo Arroyo y las personas que con él colaboraban. En este caso, además de
concurrir la conexibidad prevista en el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, resulta absolutamente conveniente para la propia valoración de los
hechos tal acumulación, puesto que no es lo mismo la conclusión a la que puede
llegarse analizando cada una de las operaciones llevadas a cabo por el sr.
Arroyo Arroyo de manera aislada que la conclusión a la que se puede llegar
desde una perspectiva global de su actuar reiterado, repetido en el tiempo y
cometido siempre de manera similar".
Por
los motivos expuestos, el auto acuerda la inhibición de las actuaciones a favor
de los Juzgados Centrales de Instrucción de la Audiencia Nacional
precisamente "para su acumulación al procedimiento que se haya
iniciado en base a la denuncia presentada por la Asociación de Afectados
Víctimas Financieras (ADEVIF)".
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